Expertos explican las nuevas pautas para la compra de dólar ahorroDólar vs. tasas: el blue se mantiene en su nuevo piso y es el que le marca el camino al costo del dinero Las preguntas que generó el cambio de nombre de Google

A partir del 1 de agosto pasado, el salario mínimo vital y móvil pasó de $4.716 a $5.588, y desde enero de 2016 llegará a $6.060. Pero como en la economía argentina todo está ligado, este aumento produce simultáneamente que menos contribuyentes autónomos y empleados en relación de dependencia a partir de ahora puedan adquirir menos del conocido “dólar ahorro” e incluso en otros casos ya no podrán conseguir siquiera la autorización que emite la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) desde su página web.
El motivo es porque el monto mínimo de ingresos mensuales necesarios para comprar dólares, en el mercado oficial de cambios, será a partir de agosto de $11.176 (antes era $9.432) En el caso de los Monotributistas, el incremento del nivel de los ingresos todavía no cambia la situación de las categorías que se encuentran habilitadas para la compra, que seguirá siendo desde la “E”, en adelante.
La fórmula que aplica la AFIP es la siguiente: el importe mínimo de ingresos brutos mensuales, que habrá que demostrar a partir de agosto será de $11.176, ya que se forma por dos sueldos mínimos vitales y móviles. Por otro lado, sólo se podrá destinar el 20% de los ingresos netos mensuales que se obtienen; y el límite mensual de compra sigue siendo de dos mil dólares.
Para los autónomos a efectos de calcular el ingreso promedio anual neto se considera la última declaración anual del Impuesto a las Ganancias presentada ante la AFIP, que venció en los meses de abril y mayo de este año. En el caso de los Monotributistas, se toma el ingreso máximo del parámetro de la categoría de encuadre en el Régimen Simplificado. La categoría “E”, que tiene un límite máximo de $144.000, comprende el primer escalón de Pequeños Contribuyentes que están habilitados a comprar dólar ahorro, o sea de la categoría “B” a la “D” siguen sin poder comprar.
Recién en enero de 2016, de mantenerse la restricción con esta fórmula para cambiar dólares, sólo podrán adquirirlos los Monotributistas adheridos a partir de la categoría “F”, en adelante. En cuanto a los empleados en relación de dependencia, a partir de agosto sube el escalón de sueldos brutos que habilitan a comprar dólares a 11.176 pesos.
Según lo establecido por la resolución general 3.583 de la AFIP, el importe descontado por el impuesto del 20%, de compra de dólar ahorro, puede ser computado como pago a cuenta de la siguiente manera, según sea el caso:

Monotributistas: del Impuesto a los Bienes Personales si estuvieran inscriptos.
Autónomos: de la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias.
Empleados en relación de dependencia: anualmente del Impuesto a las Ganancias que se retiene en los sueldos.
Los que no paguen esos impuestos podrán solicitar la devolución del impuesto concurriendo a la AFIP del domicilio, dejando los datos biométricos ( foto, huella dactilar y firma digital) y luego presentando el formulario 746/A, que funciona desde el servicio “Mis aplicaciones Web” que funciona en la página web de la AFIP.