A partir de hoy El Banco Central habilitó a las entidades financieras que operan en todo el país para que vuelvan a vender dólares para ahorro a sus clientes.

Las ventas de dólares para ahorro estuvieron suspendidas durante siete días hábiles consecutivos.

Así lo dispuso a través de la Comunicación «B» 12071 enviada anoche por la autoridad monetaria que conduce Miguel Pesce a las entidades financieras.

Las ventas de dólares estuvieron suspendidas durante siete días hábiles consecutivos, luego de las medidas que el gobierno nacional lanzó para ponerle freno a las irregularidades con que empresas y sectores especulativos operaban en el mercado cambiario.

El texto indica que a los fines de cumplimentar lo establecido en la Comunicación «A» 7105, ya no se requiere realizar la consulta en la página de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

Para tal fin, los bancos deberán utilizar el sistema «on line» habilitado por la autoridad monetaria –referido en la Comunicación «B» 11944– que cuenta con la información provista por la Anses.

Así los bancos tendrán en un solo lugar y en forma automatizada toda la información disponible que necesitan para saber si uno de sus clientes está o no en condiciones de comprar moneda extranjera.

Condiciones para comprar dólares para ahorro

Según lo dispuso la comunicación A7105 instaurada el martes 15 de Septiembre de 2020 ,  no podrán compran dólares aquellas personas que sean beneficiarias de «algún plan o programa caracterizado como de ayuda social, incluyendo los subsidios de carácter alimentario», como por ejemplo:

  • Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)
  • Asignación Universal por Hijo (AUH)
  • Asignación Universal por Embarazo (AUE)
  • Programa Acompañar
  • Otros planes sociales.

Tampoco aquellos que hayan accedido a Préstamos Tasa Cero ni quienes hayan refinanciado créditos personales o prendarios y/o créditos hipotecarios y/o saldos de tarjetas de crédito

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