Pese a que la ley 27.541 ya fue publicada en el Boletín Oficial, aún resta la normativa de AFIP. Las compañías aéreas optaron por no cobrar el impuesto del 30% hasta que sea reglamentada. Además, requerirá de una implementación por parte de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA).

El Gobierno promulgó el lunes la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que entre otros puntos implementa el dólar “turista” para la compra con tarjeta en el exterior y para servicios en dólares. Las agencias de viajes y las aerolíneas extranjeras, entre las más afectadas por la medida, se encuentran ante un escenario complejo debido a que aún no fue reglamentada su aplicación por parte de la AFIP. Entre las primeras, algunas ya lo aplican. En cambio las compañías aéreas optaron no esperar y todavía pueden comprarse pasajes sin el recargo.

Tal como informó este medio, la aplicación del gravamen del 30% todavía está supeditada a su reglamentación por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos. Esto deja a las agencias y en particular a las aerolíneas en un escenario de incertidumbre que solo será subsanado a partir de la publicación de la normativa.

El mismo lunes 23, previo a la publicación en el Boletín Oficial de la ley 27.541 a las 17:30, algunas agencias ya informaban a sus clientes que la sobretasa sería incluida en el precio final del producto. Pero avisaban que para concretar el cobro serían contactados por personal de la agencia. El pago sería mediante un mecanismo a determinar.

Ese fue el caso de Despegar, entre otras. Desde la multinacional informaron a los compradores que el Impuesto PAIS (dólar “turista”) sería aplicado sobre el precio final y ante la consulta de la prensa adujeron que la legislación comenzaba a regir a partir de las 0 horas del 23 y no desde el momento de publicación.

En cambio, las compañías aéreas optaron por un camino distinto, el de esperar la reglamentación oficial de AFIP y no cobrar el impuesto al turismo. Por lo tanto, si un viajero busca adquirir un pasaje de avión al exterior a través de las páginas directas de las aerolíneas observará que la sobretasa no se incluye en el precio.

Desde una línea aérea explicaron a ámbito.com que la aún no se aplica debido a la ausencia de una reglamentiación técnica. “Una vez que se publica en el Boletín Oficial, el próximo paso es la reglamentación de la ley, con el detalle técnico de cómo se va a aplicar. Luego se deberá contactar a la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) para que parametrice el impuesto en los sistemas de venta en Argentina. A partir de ese momento todas las líneas aéreas que venden tickets en Argentina pueden cobrar el impuesto por el valor estipulado”, señalaron.

Asimismo, expresaron que «esta medida para la industria es muy dura» ya que «impactas la demanda interna, por consiguiente afectas la oferta a nivel local pero también podes complicar la oferta para el turismo receptivo”, aunque «es entendible debido a la situación económica general del país».

Ante la ausencia de una reglamentación vigente, se abrieron dos alternativas posibles para un viajero: por un lado, puede encontrarse con que la agencia de viajes haya optado por informar de la aplicación del impuesto PAIS en el precio final – sobre todo si se trata de un paquete en moneda extranjera – a cobrarse a posteriori mediante un mecanismo a determinar; o que el 30% no haya sido incorporado al valor, a la espera de dicha normativa.

En ese contexto, la compra de pasajes al exterior por el momento sin recargo aparece como una buena oportunidad para aprovechar de cara a las vacaciones de verano o con miras hacia el invierno.